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RECOGIDAS JUDICIALES

Cuando un médico, por desconocer la causa de la muerte, no puede certificar la defunción, deja de considerarse muerte natural para pasar a denominarse muerte judicial. 

Al no poder acreditar la defunción de la persona e inscribirla en el Registro Civil, la conducta ante este suceso debe seguir unas pautas específicas determinadas por la orden judicial competente.

Los accidentes, muertes repentinas o las acciones criminales son algunos casos susceptibles de convertirse en fallecimientos legales. Ante estos incidentes, el juzgado pasa a hacerse cargo de la situación. Desde el despacho judicial correspondiente se ordena el traslado del cuerpo al Instituto Anatómico Forense asignado, dónde se realiza una autopsia para determinar la causa de defunción definitiva. Sólo gracias a la autopsia podemos conocer los indicios de las causas del fallecimiento y según los resultados, seguir una vía judicial o permitir a los familiares seguir el curso habitual ante un fallecimiento natural.

Servicios Funerarios  es concesionaria de la Xunta de Galicia para dar servicio al Instituto de Medicina Legal de Galicia (IMELGA) mediante concurso público para la demarcación judicial de Ferrol - Ortigueira.

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